Se han dado a conocer algunas de las principales novedades fiscales que afectarán a pensionistas y funcionarios a partir de este 2021.
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Las pensiones suben, pero también la edad de jubilación
Con el impulso de un paquete de 3.000 millones de euros más, destinados a mejorar las condiciones de pensionistas y funcionarios, se aprueba un incremento del importe a percibir en ambos perfiles del 0,9%, que asciende al 1,8% en las pensiones no contributivas.
Es decir, de entre 2 a 11 euros de diferencia al mes, con lo que se cobraba anteriormente, con una mínima de jubilación que se queda en 689,7 euros al mes y una máxima de hasta 2.707,49 euros.
En total, se calcula que en 2021 se tendrán que abonar 163.297 millones de euros en pensiones, lo que representa que 36 de cada 100 euros de gasto público son para estos ciudadanos.
Sin embargo, en base a la reforma de la ley de pensiones establecida por Bruselas, la edad de jubilación sigue retrasándose.
El objetivo final se marca en 2027, cuando para jubilarse habrá que tener 67 años o 65 años y haber cotizado 38 años y 6 meses, como mínimo.
En 2021, no obstante, ya vemos un ligero aumento de la edad de jubilación. Se pasa de 65 años y 10 meses a 66 años, si no se cumplen los criterios de cotización mínima, que también se han incrementado.
Además, se mantienen los 65 años de edad de jubilación, si se ha alcanzado una cotización de 37 años y 3 meses, precisamente un trimestre por encima a lo exigido el año anterior. Durante los próximos años, estos 3 meses seguirán aumentando progresivamente hasta alcanzar los objetivos de 2027.
Mejoras en condiciones laborales
Los empleados públicos también se beneficiarán de la subida salarial, en ese 0,9% que también perciben los pensionistas.
Además, se implantan desde 2021 las medidas que mejoran los permisos de paternidad para todo el mundo, que pasan de 12 a 16 semanas. De esta forma, ambos progenitores cuentan con los mismos permisos ante el nacimiento de cada hijo.
Además, se establece que las primeras 6 semanas son obligatorias, de forma simultánea y en jornada completa.
Además, los permisos son intransferibles y se percibe el 100% de la base reguladora. Las otras 10 semanas se pueden disfrutar de forma acumulada o intermitente, semanalmente y dentro de los 12 meses siguientes al parto. En este caso sí se puede pactar con la empresa hacer este período en jornada completa o parcial.